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Silvana Pampuri

Registración de Contratos de Alquiler

RELI -Régimen de Registración de Contratos de Locación de Inmuebles-

Res. 4933 AFIP

Desde el  1 de marzo de 2021 se deberán registrar los contratos de alquileres celebrados desde el 1 de julio de 2020. En este último caso tendrán tiempo hasta el 15 de abril de 2021, mientras que lo nuevos contratos tendrán que registrarse dentro de los 15 días de su firma.

Esta registración se realizará a través del RELI -Regimen de registración de contratos de locación de inmuebles-, e incluye a más de las locaciones de inmuebles urbanos y rurales, aquellos  con fines turísticos, de descanso o similares, locales comerciales, stands, espacios dentro de bienes inmuebles, etc.

La obligación recae sobre el Locador a través del sitio web de AFIP “Registro de locaciones de Inmuebles- RELI-CONTRIBUYENTE,  en la cual se deberá  adjuntar en archivo el contrato.

Los inquilinos podrán hacer  la registración, aunque no están obligados. En caso de hacerla  accederán con su clave fiscal requiriendo en éste caso como mínimo nivel seguridad 2.

El incumplimiento para el Locador  traerá aparejadas las sanciones de la Ley 11683 de aplicación y percepción de impuestos.

Fuente Boletín Oficial, Resolución General Afip 4933/2021 https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/240911/20210218

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